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PPA Biasegurado Pensión (Plan de Previsión Asegurado)

Imagen Biasegurado Pensión

Los Planes de Previsión Asegurados (PPA) son seguros de vida destinados a constituir un capital que se percibe en el momento de la jubilación. Ofrecen una rentabilidad garantizada que se revisará semestralmente con la seguridad de un rendimiento mínimo garantizado, y tienen idéntico régimen de disponibilidad y ventajas fiscales que los Planes de Pensiones.

Se trata de un producto idóneo para personas que busquen un sistema de ahorro finalista totalmente seguro.

El PPA BIASEGURADO PENSION ofrece grandes ventajas como:

  • Garantía del capital aportado y una rentabilidad mínima garantizada, actualmente el 1%.
  • Flexibilidad en la forma de pago y el importe de las aportaciones, pudiendo ser éstas periódicas, extraordinarias o únicas.
  • Transparencia a la hora de contratar el seguro, al comunicar el tipo de interés neto (sin gastos).  El tipo de interés se actualiza cada 6 meses, conociéndose éste antes de que comience el semestre.
  • Seguridad, el tipo de interés se actualiza cada 6 meses, conociéndose éste antes de que comience el semestre.
  • Gran flexibilidad a la hora de recibir la prestación, bien en forma de capital, renta o mixta.
  • Posibilidad de traspasar los derechos consolidados. Existe la posibilidad de traspasar, total o parcialmente, el capital acumulado de un PPA a otro PPA o a un Plan de Pensiones y viceversa, sin repercusión fiscal.
  • Fiscalidad. Todas las aportaciones que realice durante el año se reducirán de la base imponible del I.R.P.F., con unos máximos establecidos por la ley.
  • Tipo de interés (neto de gastos): 1,50%
  • Periodo de vigencia: 1er Semestre 2011. 
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Más información

El seguro permite realizar una aportación única (en su caso extraordinaria) o establecer un régimen periódico de aportaciones; respetando los límites máximos legales de aportación que existan en cada momento.

Los importes mínimos son:

  • Aportación única: 3.000 Euros.
  • Aportación periódica:
    • Inicial: 60 euros(obligatoria).
    • Mensual: 60 euros.
    • Trimestral: 180 euros.
    • Semestral: 360 euros.
    • Anual: 720 euros.
  • Aportación extraordinaria: 60 euros.

La cobertura principal es la Jubilación, cubriendo adicionalmente contingencias de invalidez y fallecimiento, según la siguiente descripción:

  • Jubilación: Pago del capital constituido a la fecha de jubilación del asegurado.
  • Fallecimiento: Pago del fondo acumulado a la fecha de fallecimiento, más un capital adicional del 5% sobre el capital constituido al final del mes anterior al de fallecimiento con el límite de 10.000 euros.
    Si el contrato cuenta con agravamiento de riesgo, o el cliente supera los 60 años, el máximo capital adicional será de 1.000 euros.
  • Incapacidad permanente, total, absoluta o gran invalidez: Pago del capital constituido a la fecha de notificación a Bia Galicia de la incapacidad o gran invalidez, más un capital adicional del 5% sobre el capital constituido al final del mes anterior al de la notificación con un máximo de 1.000 euros.
  • Dependencia Severa o Gran Dependencia: Pago del capital constituido a fecha de notificación a la Entidad Aseguradora de la situación de dependencia. Esta situación deberá ser acreditada mediante resolución expedida por la Administración competente conforme a la legislación que le sea aplicable.

Para más información sobre fiscalidad y otras condiciones de estos productos, consulte la Guía de Ahorro Jubilación.

Publicidad autorizada: D.X.P.F.eT. expte. núm. 064/2011.
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