Con fecha 29 de noviembre de 2006, se publicó en el BOE nº 285, la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. Por ello, procedemos a efectuar una valoración final sobre las repercusiones que la reforma tributaria tiene en el ámbito de los Planes de Pensiones.
La nueva Ley entró en vigor el 1 de enero de 2007 y a partir de esa fecha la fiscalidad de las aportaciones y de las prestaciones de Planes de Pensiones pasa a ser la siguiente:
Con la entrada en vigor de la nueva ley se modificaron los límites de aportación anual.
NUEVA LEY |
La menor de las siguientes dos cantidades:
El límite será conjunto para las aportaciones directas del partícipe y las contribuciones del promotor imputadas como rendimiento de trabajo. |
Se disminuye también la reducción máxima a aplicar como consecuencia de la introducción del nuevo límite del 30% (o 50%) de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas,por lo que sólo los contribuyentes con ese tipo de rendimientos que hagan aportaciones a planes podrán reducirlas de su base imponible.
Cabe señalar que, con la nueva ley, se mantiene la posibilidad de trasladar a 5 años las aportaciones que no hayan podido ser objeto de reducción por insuficiencia de base.
Los nuevos límites mencionados operan conjuntamente para los siguientes instrumentos de previsión social: Planes de Pensiones, Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Seguros de Dependencia y Planes de Previsión Social Empresarial.
Se elimina la reducción del 40% en el cobro de prestaciones en forma de capital, con una salvedad:
Prestaciones por contingencias acaecidas con posterioridad al 01/01/07: Los beneficiarios podrán aplicar la citada reducción del 40% pero únicamente por la parte correspondiente a aportaciones realizadas hasta el 31/12/06.

En virtud de la fusión de la Caja de Ahorros de Galicia (Caixa Galicia) y de la Caixa de Aforros de Vigo, Ourense e Pontevedra (Caixanova), toda mención que en esta página web, así como, por tanto, en sus subdominios, se hace a Caja de Ahorros de Galicia o a Caixa Galicia se entenderá referida a la entidad resultante de la fusión, denominada Caixa de Aforros de Galicia, Vigo, Ourense e Pontevedra, con domicilio social en A Coruña (C.P.15003), Calle Rúa Nueva, 30-32, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña.
Particulares
![]()
Empresas
Información corporativa